Se ha aprobado el Plan Reincorpora-t, Plan trienal para prevenir y reducir el Desempleo de Larga Duración (PLD) 2019-2021, publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 9 de abril. Este plan, dotado con 1.309 millones de euros, está dirigido tanto a parados de larga y muy larga duración, inscritos en las oficinas públicas de empleo en búsqueda de una ocupación, como a aquellas personas con empleos con ingresos por debajo del salario mínimo interprofesional. Reducir la tasa de paro de larga duración en 2,5 puntos y disminuir a la mitad la actual brecha de género entre hombres y mujeres son dos de los objetivos principales que persigue el Plan aprobado.
Para lograrlo, el documento cuenta con un total de 63 medidas distribuidas en seis ejes, que van desde la orientación o la formación a las oportunidades de empleo, igualdad, emprendimiento y mejora del marco institucional.
El tercer eje que el plan contempla incluye la creación de oportunidades de empleo es a través de la contratación pública, por ser «un instrumento clave para el impulso y la mejora en las prácticas de acceso y mantenimiento del empleo para las personas en PDL así como para la inclusión en ellas de una perspectiva de género».
Por ello, el plan prevé la incorporación de cláusulas sociales que generen un mercado de trabajo inclusivo, algo que puede ser un desafío para las entidades del sector público, las empresas proveedoras y las entidades licitadoras. Se fomentará la articulación de aquellas cláusulas que contribuyan a combatir el paro de larga duración, especialmente en los sectores más vulnerables ante el empleo y con una perspectiva de género.
Así, se dispone que para aquellos contratos públicos que impliquen la necesidad para la empresa adjudicataria de contratar al menos a 10 nuevos trabajadores para su realización, se valore como criterio de adjudicación la contratación de personas en PLD, siempre y cuando pueda vincularse al objeto del contrato en los términos previstos en el artículo 145 LCSP. La valoración del criterio dependerá del número de personas en PLD contratadas, respecto del máximo de personal posible.
El Gobierno recomienda a las Administraciones Públicas y otros entes públicos contratantes el máximo rigor en la exigencia y cumplimiento de las consideraciones de tipo social, que deben hacer extensivo a las empresas subcontratistas, en los términos que contempla la LCSP.
También se establece que los Servicios Públicos de Empleo diseñarán actuaciones de seguimiento y fomento de las buenas prácticas en la contratación pública y facilitarán a las empresas licitadoras candidaturas de trabajadores que cumplan las cláusulas sociales requeridas en los procesos de contratación pública.
Por último, se fomentarán los contratos reservados para Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y para Empresas de Inserción reguladas, al amparo de lo dispuesto en la Disposición adicional 4.ª de la LCSP.