Cláusulas

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  • Eliminación de plásticos de un solo uso

    Ámbito: Cláusulas Ambientales

    Temática: Generación Y Gestión De Residuos

    Tipo de criterio: Criterio De Solvencia Técnica/económica

    Año: 2020

    Eliminación de plásticos de un solo uso:


    − Dentro de las cafeterías toda la vajilla será de loza o cristal


    − Cuando se soliciten bebidas para llevar, los vasos serán de cartón o PLA pudiendo incorporarse su coste al precio de la bebida. Las paletinas serán de madera y no se utilizará tapa de plástico. También podrá servirse en plástico reutilizable, solicitando una fianza para garantizar su devolución o financiar su coste.


    − En los casos en los que se solicite otra vajilla para llevar (ejemplo instalaciones deportivas), la vajilla será desechable de cartón pudiendo incorporarse su coste al precio de la bebida.


    − También podrá servirse en vajilla de hojas de palma o fibras de caña de azúcar solicitando una fianza para garantizar su devolución o financiar su coste.


    − No se ofrecerán botellas de plástico de agua. Para las comidas el agua se servirá en jarras de cristal y para la venta en botellas de cristal.


    − No se dispondrá de pajitas, cucharitas de plástico ni se ofrecerá el pan, cubertería, etc envuelto en plástico.


    − Se podrán incorporar otros productos sostenibles y no contaminantes en sustitución del plástico de un solo uso.


    − El adjudicatario facilitará a los usuarios el uso de sus propias tazas, vasos, platos, etc, en el caso de solicitar comida o bebida para llevar.

  • Separación de residuos en cafetería

    Ámbito: Cláusulas Ambientales

    Temática: Generación Y Gestión De Residuos

    Tipo de criterio: Criterio De Solvencia Técnica/económica

    Año: 2020

    El adjudicatario deberá llevar a cabo la separación selectiva de los residuos generados en los bares o cafeterías (gases, sólidos, líquidos) por categorías de reciclado y su tratamiento de conformidad con la legislación vigente. Deberán colocarse recipientes para la separación de residuos para los usuarios de las instalaciones de la cafetería, tanto dentro como fuera, cumpliendo con las normas higiénico-sanitarias vigentes. No procede incluir la separación de papel en este caso, ya que el papel que se genera en esta actividad suele estar manchado de materia orgánica y no se puede reciclar.


    Para facilitar la separación de residuos en origen, se dispondrá de un recipiente sólo para materia orgánica para los desperdicios alimenticios que se generan al preparar las comidas.

  • Recogida selectiva de residuos

    Ámbito: Cláusulas Ambientales

    Temática: Generación Y Gestión De Residuos

    Tipo de criterio: Condiciones De Ejecución

    Año: 2021

    El adjudicatario vendrá obligado a responsabilizarse de realizar una recogida selectiva de los residuos generados durante la ejecución del contrato. Así mismo deberá retirar los embalajes y envases vacíos, para depositarlos en los contenedores correspondientes o, en su caso, en el punto limpio u otro sistema de gestión de residuos autorizado.

  • Reutilización o reciclaje

    Ámbito: Cláusulas Ambientales

    Temática: Aplicación De Procesos De Reutilización

    Tipo de criterio: Criterios De Adjudicación

    Año:

    a) Si los productos provienen de un proceso de reciclado o reutilización en más de un 20%, conforme a certificación expedida por un laboratorio u organización que no forme parte del grupo de empresas al que pertenezca la entidad que presenta la oferta, se otorgará la siguiente puntuación: -De 20% a 35%: UN (1) punto.

    -De 36% a 50%: DOS (2) puntos.

    -De 51% a 65%: TRES (3) puntos.

    -Más de 65%: CUATRO (4) puntos.

    b) Si los productos son reutilizables o tienen un grado de reciclabilidad superior a un 50%, conforme a certificación expedida por un laboratorio u organización que no forme parte del grupo de empresas al que pertenezca la entidad que presenta la oferta, se otorgarán CUATRO (4) puntos.

  • Discapacidad

    Ámbito: Cláusulas Sociales

    Temática: Discapacidad

    Tipo de criterio:

    Año: 2018

    Se valorará con 3 puntos la propuesta que incluya entre los recursos humanos al menos una persona con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral, en especial personas con diversidad funcional.

  • Discapacidad (criterios de desempate)

    Ámbito: Cláusulas Sociales

    Temática: Discapacidad

    Tipo de criterio:

    Año: 2018

    En el caso de igualdad entre dos o más empresas licitadoras, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100.

  • Contrato reservado a entidades de la economía social y solidaria

    Ámbito: Cláusulas Sociales

    Temática: Fomento De La Economía Social Y Solidaria

    Tipo de criterio: Criterio De Solvencia Técnica/económica

    Año: 2018

    Se reserva la participación en la licitación a entidades y empresas que cumplan con los requisitos del citado art. 38, básicamente a título de ejemplo y no cerrado: asociaciones constituidas conforme a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación; fundaciones constituidas conforme a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; cooperativas, sociedades laborales, así como aquellas que compartan los principios de la economía social conforme a lo establecido en el art. 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, y de economía solidaria.

  • Sensibilización igualdad de género

    Ámbito: Cláusulas Sociales

    Temática: Equidad E Igualdad De Género

    Tipo de criterio: Condiciones De Ejecución

    Año: 2020

    La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato, como mínimo una acción anual de sensibilización y formación, de duración mínima de diez horas, con la plantilla adscrita a su ejecución acerca de los derechos en materia de igualdad y conciliación recogidos en la normativa vigente.

  • Desempate con criterios de género

    Ámbito: Cláusulas Sociales

    Temática: Equidad E Igualdad De Género

    Tipo de criterio:

    Año: 2018

    En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de valoración de las ofertas, tendrán preferencia de adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas o entidades que en el momento de acreditar su solvencia técnica:

    - Cuenten con una certificación como “Entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres” expedida por un organismo público.

    -  Hayan diseñado y aplicado un Plan de Igualdad.

    - Acrediten la adopción de medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral, a lograr la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, o a la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.

    - Cumplan las medidas destinadas a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres establecidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

  • Favorecimiento de la participación y conciliación

    Ámbito: Cláusulas Sociales

    Temática: Equidad E Igualdad De Género

    Tipo de criterio: Condiciones De Ejecución

    Año: 2021

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 202.1 de la LCSP, el presente contrato persigue favorecer la mayor participación de la mujer en el mercado laboral y la conciliación del trabajo y la vida familiar durante la ejecución del contrato. Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá realizar, como mínimo, una acción al año de sensibilización y formación en materia de igualdad y conciliación, debiendo participar al menos, los miembros del equipo


    de trabajo adscritos a la ejecución del contrato.


    A este respecto, en la primera reunión de seguimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar al responsable del contrato la planificación y el contenido de las acciones a realizar en relación con el personal vinculado a la ejecución del mismo, y posteriormente, cuando sea requerido al efecto por la Administración, justificante de cumplimiento de dichas acciones formativas.


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